30 aprile 2017

Bibliografia di Carl Schmitt: Le traduzioni in lingua spagnola.

Vers. 1.4 - 12.5.17 / Bottom.
Scritti di Carl Schmitt: CS1 - 2 - 3 - 4 -
 Letteratura: de.- es. - fr. - it. - uk. Altro.
 Traduzioni: es. -  fr. -  it. -  uk. -   Altro.
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In memoriam di
Juan Caamaño Martínes


TRADUZIONI
IN LINGUA SPAGNOLA DELLE OPERE DI
 CARL SCHMITT
SECONDO L’ORDINE CRONOLOGICO
(in progress)

Sez. 1ª - 1925 - 1928 - 1930 - 1931 -
Sez. 2ª -
Sez. 3ª -
Sez. 4ª - 2000 - 2002 - 2004 - 2006 - 2008 - 2009 - 2010 - 2012 - 2013 - 2014 - 2016 - 2017 -


Sez.
 Dall’inizio al 1932

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- 1930 - 1931-

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1930.

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1.es
Donoso Cortés, su posición en la historia de la filosofia del Estado europea.
Conferencia pronunciada en el dia 23 de octubre de 1929 por el Dr. Carl Schmitt, Catedrático de la Escuela Superior de Comercio de Berlin. Centro de Intercambio Intelectual Germano-Español. Collana: Conferencias dadas en el Centro de Intercambio intelectual germano-español, XXVII. Madrid, 1930, 16 S.

– Übersetzung von 2 Aufsätze über Donoso Cortés.
– Estratto contenuto nel cartone 419 del Nachlass.


2.es
El proceso de neutralización de la cultura,
in:
Revista de Occidente, 27. Band, 1930, S. 199-211.

– Übersetzung von “Die europäische Kultur im Zwischenstadium der Neutralisierung”.

1931.

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1.es
La defensa de la Constitución.
Untertitel: “Estudio acerca de las diversas especies y posibilitades de salvaguardia de la constitución”,
Labor, Madrid-Barcelona-Buenos Aires, 1931,
in der Reihe: Biblioteca de Cultura Política, 195 S.
– vollständige Übersetzung von “Der Hüter der Verfassung” (1931) durch Manuel Sánchez Sarto.

2.es
Hacia el Estado total,
in:
Revista de Occidente,
1931, 32. Band, S. 140-156.

– Übersetzung von “Die Wendung zum totalen Staat” (1931).



Sez.
 Dal 1933 al 1945

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Sez.
 Dal 1946 al 1985

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Sez.
 Dal 1986 a oggi

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- 2000 - 2002 - 2004 - 2006 - 2007 - 2008 - 2009 - 2010 - 2012 - 2013 - 2014 - 2016 - 2017 -

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1.es
Romanticismo politico,
2000, Buenos Aires, Ed. Univ. Nacional de Quilmes, pp. 250.

– Notas: Trads. Luis A. Rossi y Silvia Schwarzböck; Revisión Jorge E. Dotti. Resumen del libro: «Trads. Luis A. Rossi y Silvia Schwarzböck; Revisión Jorge E. Dotti. Como todos los escritos de Carl Schmitt , su ensayo de interpretación del romanticismo -que aparece por primera vez en castellano- es también un texto polémico, pero intelectualmente agudo y poderoso. Para este gran pensador polí­tico de la derecha antiparlamentaria alemana, heredero del pensamitno contrarrevolucionario catolico, aunque su decisionismo sea ya enteramente profano, la tendencia caracteristica de la epoca moderna es la despolitizacion. Los adversarios de Schmitt son el estado liberal y la clase discutidora, la burguesia liberal. Esta vision aparece ya en su escrito temprano: Romanticismo Politico.» (Fonte)


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 1.es
El Nomos de la Tierra
en el Derecho de Gentes del “Ius publichum europaeum”,
2002, Granada, Editorial Comares, pp. 375.


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1.es
El Leviathan en la Teoría del Estado de Thomas Hobbes,
2004, Granada,  Editorial Comares, pp. 94.

– Notas. Trad. Francisco Javier Conde; Edición y estudio preliminar, <> a cargo de José Luis Monereo Pérez. Resumen del libro: «La exposición que sigue es el fruto de dos conferencias que pronunció el autor, una el 21 de enero de 1938 en la Sociedad Filosófica, dirigida por el profesor Arnold Gehlern, en Leipzig; otra en Kiel, el 29 de abril del mismo año, en la Sociedad Hobbes, bajo la presidencia del profesor barón Cay von Brockdorff. Algunas ideas y formulaciones de trabajos y conferencias anteriores aparecen reelaboradas en éste. Todo ello es una reseña de algunos resultados de los trabajos sobre el filósofo de Malmesbury, especialmente sobre su «Leviathan». Se ha esforzado en tratar el tema con objetividad científica, sin fantasía, pero también sin incurrir en desmembraciones arbitrarias, que sólo llevan a dejar sin objeto el tema de la investigación. El nombre del Leviathan proyecta una larga sombra; cayó sobre la obra de Tomás Hobbes y caerá también sobre este libro.» (Fonte)


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1.es
Legalidas y legitimidad,
2006, Granada, Editorial Comares, pp. 111.

– Notas: Edición y estudio preliminar de José Luis Monereo Pérez y Cristina Monereo Atienza.  Resumen del libro: «En este contexto histórico-político de emergencia de un régimen totalitario Carl Schmitt realiza una reflexión crítica sobre el pricipio de legalidad que enmarca en su crítica al positivismo formalista (especialmente en confrontación directa con Kelsen). Su reproche se dirige directamente sobre el carácter fomal y no sustancial de la legalidad, que conduce, en su opinión, a una indiferencia valorativa y a la neutralización de la política en la forma del Estado de Derecho.» (Fonte)

2.es
Estructura del Estado y derrumbamiento del Segungo Reich: “La Victoria del Burgués sobre el Soldado”. La lógica de la Sumisión Espiritual,
2006, Editorial Reus S.A., pp. 140.

– Notas: Trad. Gabriel Guillén Kalle; anotaciones y comentarios de Günther Maschke. Resumen del libro: «Carl Schmitt esboza un delineamiento sobre la problemática del Derecho constitucional del III Reich, marcando un hito en la historiografía de dicho periodo. Realiza una tesis controvertida pues pretende explicar el nacionalsocialismo en base a un dualismo histórico que en Alemania cobra un especial relieve» (Fonte)

3.es
El crimen de guerra de agresión en el Derecho internacional y el principio “nullum crimen, nulla poena sine lege”,
2006, Buenos Aires, Editorial Hammurabi S.L., pp. 217.

– Notas de Helmut Quaritsch. Resumen del libro: «INDICE: Nota. Abreviaturas. El significado práctico de la proposición "nullum crimen, nulla poena sine lege". Crimen de guerra y culpa de guerra en el Tratado de Versalles. Desarrollo de la penalización internacional de la "guerra de agresión" 1919-1939. Autores y partícipes del crimen internacional. La situación del ciudadano singular, especialmente del ordinary business-man que ejerce una actividad económica. Epílogo. Observación.» (Fonte).


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1.es
Tierra y mar
una reflexión sobre la historia universal,
2007, Madrid, Editorial Trotta, pp. 107.

– Prol. Ramón Campderrich; Epílogo Franco Volpi. Resumen del libro: «En 1942, aislado en el Berlín en guerra, Carl Schmitt se halla en plena crisis. Alejado definitivamente de los centros de poder, ignorado y desilusionado, se vuelve hacia los grandes destinos del mundo y se apasiona por las grandes fuerzas que guían la historia humana. De esa mirada surge este singular ensayo que adopta la forma de un relato contado a su hija Anima: una reflexión sobre la historia universal en la perspectiva del antagonismo de tierra y mar, de su polaridad como espacios vitales determinantes para el hombre. Con extraordinaria fuerza mitopoiética, rozando los límites de la escatología, Schmitt narra la revolución espacial planetaria de cuyo seno nace el nomos de la Europa moderna. Momento clave en el proceso de distanciamiento de las ideas schmittianas con respecto al régimen nacionalsocialista e introducción a su obra tardía, Tierra y mar es un escrito notable en más de un aspecto: por la importancia atribuida a la dimensión del espacio en la ordenación de las sociedades humanas, por la visión del juego entre limitación y deshumanización de la guerra propio del ius publicum europaeum o, en fin, por la atención prestada a los medios de poder indirectos u ocultos a disposición de los gobernantes y las grandes potencias.» (Fonte).


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1.es
Los fundamentos histórico-espirituales del parlamentarismo en su situación actual,
2008, Madrid, Editorial Tecnos S.A., pp. 219.

 – Notas: Estudio preliminar y notas de Manuel Aragón Traducción de Pedro Madrigal ; Estudio de contextualización de Ellen Kennedy.Resumen del libro: «En Los fundamentos histórico-espirituales del parlamentarismo en su situación actual (2.ª ed. de 1926), Carl Schmitt efectúa la reconstrucción del tipo ideal de la institución parlamentaria, para, a renglón seguido, declarar irremediablemente extintos los supuestos estructurales que hicieron posible su emergencia histórica. La crisis del Parlamento se presenta como una crisis de la discusión, de la publicidad crítica, y de la independencia y de la capacidad moral del diputado para encontrar la verdad, y desde ella elaborar la ley justa, impuesta por la nueva realidad social pluralista y democrática. Se trata de la negación de la atmósfera intelectual que había presidido toda una época, y ante la que, como enseña Ellen Kennedy, en plena convulsión de Weimar urgirá dar respuesta. Para Schmitt sólo el presidente del Reich será el pouvoir neutre, llamado a operar como defensor de una Constitución (der Hünter der Verfassung) entendida como bastante más que un simple documento jurídico, frente a las amenazas de unos partidos incompatibles con la idea de unidad que informa al Estado. ¿Qué validez tiene hoy esta crítica?, se pregunta Manuel Aragón en el estudio que precede a la obra. «Lo esencial del Parlamento es la confrontación pública (Öffentliche) entre argumentos y contraargumentos, el debate y la discusión pública. Partiendo del Derecho (como antítesis del Poder) sus notas son: 1.ª que los pouvoirs se vean siempre obligados a discutir, buscando en común, la verdad; 2.ª que la publicidad sitúa a los pouvoirs bajo el control de los ciudadanos; 3.ª que la libertad de prensa empuje a los ciudadanos a buscar por ellos mismos la verdad, y decírs.» (Fonte)

2009.

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1.es
Carl SCHMITT / Hans KELSEN,
La polémica Schmitt/Kelsen sobre la justicia constitucional el defensor de la Constitución.
 ¿Quién debe ser el defensor de la Constitución?
2009, Madrid, Editorial Tecnos - S.A., pp. 366.

– Estudio preliminar de Giorgio Lombardi; Trads., Manuel Sánchez Sarto y Roberto J. Brie.
Resumen del libro: «Estudio preliminar de Giorgio Lombardi; Trads., Manuel Sánchez Sarto y Roberto J. Brie. La polémica que en 1931 enfrentó a Carl Schmitt y Hans Kelsen acerca del defensor de la Constitución (#Hünter der Verfassung#), es uno de los momentos claves del Estado democrático en que afloran toda una serie de intuiciones, planteamientos y críticas que desbordan el estrecho marco de la justicia constitucional. Frente a la tesis de Kelsen recogida en la Constitución Austriaca de 1920, que atribuye a un órgano técnico especializado el monopolio del control de constitucionalidad de las leyes, se levanta la propuesta de Schmitt de hacer del #Reichpräsident# en su condición de poder elegido directamente por el pueblo, el custodio de la esencia de la Constitución cuando resulte amenazada. Dos posturas antagónicas que responden a dos ideas diferentes de Estado, de Constitución, y de Derecho que separan a los dos mayores juristas del siglo XX. La Constitución concebida como norma lógica desprovista de contenidos ajenos a lo jurídico, frente a la Constitución entendida como suma de decisiones políticas fundamentales que expresan la voluntad colectiva de un pueblo, y susceptible de encerrar contradicciones. Giorgio Lombardi desentraña en el estudio que precede a los textos, los argumentos de la polémica procurando situarlos en su contexto lógico. No es lo mismo la defensa existencial de la Constitución, que la preocupación por garantizar su aplicación. En un caso se busca la continuidad de la estructura política, en otro depurar y dar coherencia al orden normativo. » (Fonte)

2.es
La tiranía de los valores,
2009, Buenos Aires, Hydra, p. 164.

– Prólogo de Jorge E. Dotti Resumen del libro: «Prólogo de Jorge E. Dotti. ¿Qué tienen en común los valores éticos y aquellos que se producen e intercambian en la esfera de lo económico? ¿Qué efectos produce el punto de vista de los valores cuando predomina sobre todos los demás? Defensor de la autonomía de lo político, Carl Schmitt indaga en La tiranía de los valores las consecuencias negativas de la creciente transformación en valor de todos los ámbitos de la vida social. Nacida de la así llamada filosofía de la vida, la noción de valor se constituye como un intento de restaurar la responsabilidad humana frente al avance de la visión del mundo nihilista. Pero fracasa porque su propia dinámica conduce a un incremento de la agresividad y la violencia, que se ve extendida en la medida en que dicha noción invade el derecho, la ética y la política. Polémico como pocos, Carl Schmitt es reconocido actualmente como uno de los pensadores políticos más importantes del siglo XX. Ha abordado con gran lucidez conceptos centrales del pensamiento político moderno como Estado, soberanía, decisión, poder constituyente y estado de excepción. Produjo gran parte de su obra en el período de entreguerras, del que fue una figura destacada junto con grandes pensadores como Walter Benjamin, Martin Heidegger, Leo Strauss y Ernst Jünger, entre otros. Entre sus principales libros se encuentran Teología política, El concepto de lo político, Teoría de la Constitución y El nomos de la tierra. La presente edición de La tiranía de los valores ha sido prologada por Jorge E. Dotti, Doctor en Filosofía de la Universidad de Roma, Profesor Titular de la Cátedra de Filosofía Política de la Universidad de Buenos Aires e Investigador del CONICET. Dotti es uno de los estudiosos más importantes de la obra de Carl Schmitt. Además de numerosos artículos especializados, ha escrito un extenso volumen sobre la recepción del pensador alemán en nuestro país: Carl Schmitt en Argentina. » (Fonte)

3.es
Teología política,
2009, Madrid, Editorial Trotta,  pp. 180.

– Notas: Trads., Francisco Javier Conde y Jorge Navarro Pérez; Epílogo de José Luis Villacañas. Resumen del libro: «Trads., Francisco Javier Conde y Jorge Navarro Pérez; Epílogo de José Luis Villacañas. La presente edición ofrece los dos escritos consagrados por Carl Schmitt a la cuestión de la teología política: Teología política. Cuatro capítulos sobre la doctrina de la soberanía (1922) y Teología política II. La leyenda de la liquidación de toda teología política (1969). En el primero, asumiendo la analogía estructural entre la noción política de soberanía y la noción teológica de la potencia absoluta de Dios, Schmitt establece que el soberano personal es el único capaz de decidir sobre el estado de excepción con vistas a garantizar el orden del Estado. Tal sería la conclusión, en la secuela de Hobbes, del triunfo moderno de los políticos sobre los teólogos en la lucha por el derecho a la reforma. En la situación contemporánea, que Schmitt entiende desde el predominio de lo político como enfrentamiento entre amigo y enemigo, la forma política del catolicismo implicaría la subordinación del orden religioso al nuevo Leviatán. El segundo ensayo constituye la réplica tardía, pero coherente con su diagnóstico histórico, de Schmitt a la posición de Erik Peterson en su trabajo El monoteísmo como problema político (Trotta, 1999), en el que éste había pretendido probar «la imposibilidad teológica de una #teología política#». Detrás de este «ataque parto» de Peterson contra Schmitt se escondía el momento de inflexión de 1933 y la adhesión o el rechazo a la figura del Führer. La Teología política de Schmitt representa un documento central de la vida intelectual europea, que alcanza al problema de la legitimidad de la Modernidad y a la discusión sobre las vías muertas del proceso de secularización.» (Fonte)

2010.

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1.es
Ex captivitate salus.
Experencias de la época 1945-1947.
2010, Madrid, Editorial Trotta, pp. 98.

– Notas: Ed. Julio A. Pardos. Resumen del libro: «Ed. Julio A. Pardos. Ex captivitate salus (1950), un puñado de textos compuestos fundamentalmente entre Berlín y Núremberg, entre 1945 y 1947, contiene una recapitulación, y un relanzamiento, de la obra toda de Carl Schmitt. Siempre con firme anclaje en el derecho #en la jurisprudencia#, despliega la meditación acerca del enemigo hacia múltiples campos de la experiencia, la filosofía y la teología, la política y la poesía. Y además constituye un documento de acceso privilegiado a una 'catástrofe' que no fue sólo 'alemana’.» (Fonte)

2.es
Diálogo sobre el poder y el acceso al poderoso,
2010, Buenos Aires, Fondo de Cultura Económica, pp. 87.

–  Resumen del libro: «¿De dónde procede el poder? ¿Por qué los hombres le otorgan su consentimiento? ¿El poder en sí mismo es bueno, malo o neutro? Estas son algunas de las preguntas que responde el destacado jurista Carl Schmitt al diálogar con un inquieto e inexperimentado estudiante ávido de saber. El pensador alemán muestra que, si el poder ya no proviene de la naturaleza o de Dios, todo lo concerniente a éste y a su ejercicio sólo se desarrolla entre hombres. El volumen se complementa con una selección de la correspondencia entre Schmitt y Ernst Jünger que gira en torno al mismo diálogo y a la dialéctica del poder en la modernidad.» (Fonte)

3.es
Catolicismo romano y forma política,
2010, Madrid, Editorial Tecnos S.A., pp. 68.

– Notas: Estudio preliminar de Ramón Campderrich Bravo. Resumen del libro:«Carl Schmitt, si bien jurista de profesión, fue un autor con intereses intelectuales muy dispares: filosofía política, relaciones internacionales, ciencia política, teología, literatura# En la obra que tiene el lector en sus manos, Catolicismo romano y forma política (Römischer Katholizismus und politische Form), descubrirá que también fue objeto de su aguda mirada el análisis de la Iglesia católica en cuanto institución multisecular modelo, según el autor alemán, de autoridad político-jurídica contrapuesto al triunfante proceso de secularización política y moral contemporáneo impulsado por el positivismo científico, el liberalismo y la Revolución de Octubre. El interés de Schmitt por el estudio de la Iglesia católica no es puramente académico, sino que está enraizado en sus orígenes familiares católicos y sus preocupaciones políticas más profundas. De ahí que el jurista alemán muestre en la obra contenida en este volumen una notable admiración hacia esa organización eclesiástica considerada por él baluarte, aunque frágil, frente a sus particulares demonios y llegue a propugnar sutilmente al final de su escrito una apuesta de la Iglesia por el naciente fascismo italiano. Schmitt manifiesta además en su pequeño libro todo su pesimismo y desprecio hacia una modernidad, que, falta de ideales dignos de ese nombre, corre el riesgo de autodestruirse. Una visión schmittiana de las cosas que sólo se puede explicar por las terribles experiencias de la Primera Guerra Mundial, el miedo a la revolución bolchevique, la humillación del Tratado de Versalles y la crítica situación de la Alemania de la primera posguerra, todo lo cual no es óbice al carácter premonitorio de algunas de sus observaciones.» (Fonte)

2012.

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1.es
Posiciones ante el Derecho,
2012, Madrid, Editorial Tecnos, S.A., pp. 314.

– Notas: Edición, estudio preliminar, traducción y notas de Montserrat Herrero. Resumen del libro: «Posiciones ante el derecho contiene la traducción anotada de tres obras de Carl Schmitt: Ley y juicio. Examen sobre el problema de la praxis judicial de 1912; Derechos de libertad y garantías institucionales en la Constitución del Reich de 1931; y Sobre los tres modos de pensar la ciencia jurídica de 1934. Las dos primeras obras ven la luz en español por primera vez. ¿Por qué reunir estas tres obras en una sola edición? Porque en su afán por aclarar el estatuto jurídico de la decisión, definen la posición de Schmitt ante el derecho. Los textos descubren a un jurista en lucha con un contexto intelectual dominado por el positivismo jurídico. Su interés es poner de relieve que el derecho no está solamente constituido por normas, sino también por decisiones e instituciones como pone de manifiesto en Sobre los tres modos de pensar la ciencia jurídica. El derecho no es un ámbito autónomo que flota abstractamente al margen de la realidad, sino que está encarnado cultural e institucionalmente. Así lo supone el concepto de garantía institucional, alumbrado por primera vez por el jurista de Plettenberg. En Ley y juicio propone una respuesta original y provocadora a la pregunta por cuándo una sentencia judicial es correcta. El estudio preliminar de Montserrat Herrero procura dar razón de la original reflexión de Carl Schmitt en torno al fenómeno jurídico.» (Fonte)


2.es
El valor del Estado y el significado del individuo,
2012, Madrid, Centro de Estudios Politicos y Constitucionales, pp. 326.

– Notas: Edición, estudio introductorio y traducción de Celestino Pardo. Resumen del libro: «El libro consta del estudio introductorio sobre Carl Schmitt realizado por Celestino Pardo y la obra "El valor del Estado y el significado del individuo" que constituye su tesis de habilitación que tiene por objeto principal el análisis de la relación existente entre Derecho y Poder.» (Fonte)
 
2013.

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1.es
La Dictadura,
2013, Madrid, Allianza Editorial,  pp. 296.

–  Resumen del libro: «Esta investigación clásica de Carl Schmitt, cuya primera edición fue publicada en 1931, utiliza un amplísimo material histórico, científico-jurídico y filosófico para ilustrar el desarrollo de ese concepto «desde los comienzos del pensamiento moderno de la soberanía hasta la lucha de clases proletaria». Se trata, en última instancia, de trazar la historia de la «situación excepcional» (la ley marcial, el estado de sitio, el estado de guerra) como componente actual o potencial de la vida del Estado, examinada a la luz de la evolución de las ideas políticas en la época moderna y desde enfoques pertenecientes al mundo del derecho. De Carl Schmitt (1888 – 1985) Alianza Editorial ha publicado también: "Teoría de la constitución" y "El concepto de lo político"» (Fonte).

2.es
Ensayos sobre la Dictadura 1916-1932,
2013, Madrid, Editorial Tecnos S.A., pp. 393.

– Notas: Estudio preliminar de José Mª Baño León. Traducción de José Díaz García y Pedro Madrigal Devesa. Resumen del libro: «Este volumen reúne por vez primera los trabajos de Carl Schmitt dedicados a la dictadura y al derecho de excepción que abarcan desde el año 1916 a 1932. Esta visión diacrónica descubre, como destaca el estudio preliminar de José María Baño León, la importancia del derecho de excepción en el conjunto del pensamiento schmittiano. Los estudios sobre la dictadura no son una contribución aislada, sino la base del pensamiento jurídico y político de Schmitt, un aspecto hasta ahora minusvalorado, que explica también su filosofía política: es en el momento decisivo de la situación excepcional donde reside el núcleo esencial del fenómeno jurídico, lo que se aplica también al derecho de excepción económico, cuando la suerte de los Estados y los pueblos se liga a la subsistencia misma de las prestaciones públicas. Un clásico imprescindible para entender la utilización sistemática del decreto-ley en la crisis económica de nuestros días, o la reducción de los emolumentos de los funcionarios públicos, cuyos antecedentes se encuentran en la recesión económica de la etapa postrera de la República de Weimar.» (Fonte)

2014.

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1.es
El concepto de lo politico,
2014, Madrid, Alianza Editorial, pp. 181.

 – Notas: Texto de 1932 con un prólogo y tres corolarios. Resumen del libro: «”El concepto de lo político", de Carl Schmitt, escrito bajo el impacto de una guerra de dimensiones inéditas, pretendió en su momento aislar lo político, poner coto, siquiera en los conceptos, a un elemento cuya lógica había conducido a una guerra sin fronteras. Aunque las propuestas de Schmitt no pudieron prevenir la barbarie en que desembocó aquella crisis histórica, no puede dudarse de que han contribuido a que en el constitucionalismo posterior a la Segunda Guerra Mundial haya sido posible un planteamiento en el fondo más radical, más veraz y más cercano a la vida constitucional diaria de los pueblos y de los hombres. De Carl Schmitt (1888-1985) Alianza Editorial ha publicado también: "La dictadura" y "Teoría de la Constitución”.» (Fonte)


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1.es
Respuestas en Núremberg,
2016, Madrid, Escolar y Mayo Editores, pp. 207.

– Notas: Edición y comentario de Helmut Quaritsch. Epílogo de José Luis Villacañas.
Resumen del libro: «Estas Respuestas en Núremberg reúnen en un único volumen, en edición crítica preparada y comentada por Helmut Quaritsch, los interrogatorios a que fue sometido Carl Schmitt por el fiscal norteamericano Robert Kempner durante su confinamiento en el centro penitenciario de Núremberg, así como los cuatro informes que Schmitt redactó –tres de ellos a petición del fiscal, uno por propia iniciativa– en la soledad de su celda. Durante el proceso de Núremberg, aunque finalmente Schmitt no fue incriminado, se dirimió su participación en la planificación intelectual de las guerras de agresión, la comisión de crímenes de guerra y de crímenes contra la humanidad, pero al hilo de los interrogatorios y los informes se suscitan también otros temas del mayor interés, como la cuestión del acceso al gobernante en un régimen totalitario, el tipo de legalidad que emana de Hitler o las razones de la obediencia de los funcionarios alemanes a la “legislación motorizada” del Führer. El volumen se completa con un Epílogo de José Luis Villacañas, Carl Schmitt, Epimeteo cristiano, en el que se analiza la conciencia –culpable, no en un sentido cualquiera, sino en uno muy preciso– que Schmitt tiene de su cercanía primera al régimen de Hitler.» (Fonte)


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1.uk
Ex Captivitate Salus.
Experiences, 1945-47.
2017, Cambrige/Oxford/Boston/New York, Polity Press, pp.  100.

– Translated by Matthew Hannah.
– Presentazione editoriale: «When Germany was defeated in 1945, both the Russians and the Americans undertook mass internments in the territories they occupied. The Americans called their approach ‘automatic arrest’. Carl Schmitt, although not belonging to the circles subject to automatic arrest, was held in one of these camps in the years 1945-46, and then, in March 1947, in the prison of the international tribunal in Nuremberg, as witness and ‘possible defendant’. A formal charge was never brought against him. Schmitt’s way of coping in the years of isolation was to write this book, clarifying his own position on certain fundamental questions. In Ex Captivitate Salus , or Deliverance from Captivity , Schmitt considers a range of issues relating to history and political theory as well as recent events, including the Nazi defeat and the new emerging Cold War. Schmitt often urged his readers to view the book as though ?it were a series of letters personally directed to each of them. Hence there is a decidedly personal dimension to the text as Schmitt expresses his thoughts on his own career trajectory with some pathos, at the same time he is at pains to emphasise that ‘this is not romantic or heroic prison literature’. This reflective work sheds new light on Schmitt’s thought and personal situation at the beginning of a period of exile from public life that only ended with his death in 1985. It will be of great value to the many students and scholars in political theory and law who continue to study and appreciate this seminal theorist of the 20th century.» (Fonte)

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